Por unanimidad, los jueces Gustavo Ravizolli, Marcelo Zvilling y la jueza Bibiana Ojeda determinaron una pena de 10 años y 8 meses de prisión efectiva para Carina Antiñir y 12 años para Franco Puentes, quienes habían sido declarados responsables del homicidio, en ocasión de robo, de Domingo Antonio Martínez Pichún, hecho ocurrido en mayo de 2021.
Domingo Pichún tenía 97 años y lo golpearon para robarle 8 mil pesos que tenía de la jubilación. La familia no quedó conforme, ya que se había pedido penas más severas, pero no superaban los 14 años de condena.
¿Por qué le dieron menos años a Antiñir?
Los jueces valoraron algunos atenuantes en el caso de Carina Antiñir. Por un lado porque vivió desde niña en un estado de vulnerabilidad, sin contención familiar mientras que Puentes tenía familia y trabajo.
Y además tiene un bebé de 4 meses que nació en prisión y que está a su cuidado en la unidad de detención 16. Y por ello recibió 1 año y cuatro meses menos de prisión que su pareja.
Esto dijeron los jueces
los jueces valoraron como agravantes la naturaleza de la acción: la premeditación, la indefensión de la víctima a quien conocían y quien algunas veces los había ayudado y la falta de motivación, entendiendo que si la intención era robar, no era necesario actuar con ese grado de violencia que acabó con la vida de un anciano de 97 años. También consideraron la extensión del daño: el sufrimiento provocado a la familia.
Como atenuantes, consideraron la edad de los imputados (jóvenes de 27 años), la historia de vida y la vulnerabilidad (acentuado en el caso de Antiñir) y la falta de antecedentes condenatorios. Por último el tribunal destacó, en el caso de Antiñir, el principio de no trascendencia de la pena, ya que ella es madre de un niño que tiene ahora 4 meses y que nació estando en prisión y se encuentra bajo su cuidado.